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¿Cómo detener una orden de deportación en Estados Unidos?

Si tienes una orden de deportación en tu contra en Estados Unidos, es normal sentir miedo y confusión. Sin embargo, en muchos casos aún existen opciones legales que pueden ayudarte a detener la deportación y proteger tus derechos.


En este artículo te explicamos de forma sencilla cuáles son esas opciones, cómo funcionan y cuáles son los plazos importantes que debes tener en cuenta. Importante: Cada caso es diferente. Te recomendamos que consultes con un abogado de inmigración antes de tomar cualquier decisión.

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  1. Moción para reabrir el caso (Motion to Reopen)


Permite pedirle a la corte que vuelva a abrir tu caso de deportación, incluso si ya hay una orden final en tu contra.


¿Cuándo se puede solicitar?


  • Cuando aparecen nuevas pruebas o hechos importantes que no se conocían antes.


  • Si hay cambios en las leyes de inmigración o en tu situación personal (por ejemplo, casarte con un ciudadano/a estadounidense, presentar una nueva petición familiar o cambios en tu país que justifiquen pedir asilo).


Plazo para presentarla


  • Dentro de 90 días desde la orden final de deportación.

  • Excepciones: Si puedes probar razones especiales (por ejemplo, en casos de asilo).



  1. Moción para reconsiderar (Motion to Reconsider)


Sirve para pedir a la corte que revise su decisión porque hubo errores legales o porque se malinterpretaron las pruebas.


¿Cuándo se puede solicitar?


  • Si el juez aplicó mal la ley o malinterpretó las pruebas de tu caso.


  • Si hubo cambios recientes en cómo se interpreta la ley que podrían afectar tu situación.


Plazo para presentarla


  • Dentro de 30 días desde la orden final.



  1. Petición de perdón migratorio (Waivers)


Puedes pedir un perdón migratorio que te permita quedarte o volver a entrar legalmente a EE. UU.


Ejemplos de perdones


  • I-601: Perdón por causales de inadmisibilidad.


  • I-212: Permiso para volver a solicitar admisión después de ser deportado.


¿En qué situaciones se puede pedir?


  • Si ya saliste del país y quieres reingresar legalmente.


  • Si tienes familiares inmediatos con estatus legal que sufrirían graves dificultades si eres deportado.



  1. Cierre administrativo (Administrative Closure)


La corte puede suspender tu caso de deportación sin resolverlo de manera definitiva.


¿Cuándo es posible solicitarlo?


  • Si tienes una petición familiar pendiente (como una I-130 o I-485).


  • Si hay cuestiones humanitarias en trámite.


Nota importante

El uso del cierre administrativo ha cambiado según la administración presidencial. Hoy en día es posible pedirlo en ciertos casos.



  1. Solicitar Asilo, Withholding of Removal o Protección bajo CAT


Si temes ser perseguido/a o torturado/a en tu país, puedes pedir protección aunque ya tengas una orden de deportación.


Tipos de protección


  • Asilo: Por persecución basada en raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social.


  • Withholding of Removal: Protección obligatoria, pero con menos beneficios que el asilo.


  • CAT (Convención contra la Tortura): Protección si existe riesgo de tortura.


¿Cuándo se puede pedir?


Incluso si ya existe una orden de deportación, siempre que:


  • Las circunstancias hayan cambiado.

  • No hayas tenido la oportunidad de solicitarlo antes.



  1. Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) o Corte Federal


Puedes apelar la orden de deportación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).


Plazo para apelar


  • Dentro de 30 días desde la orden del juez.


Opciones adicionales


  • Si la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) rechaza tu apelación, puedes acudir a la Corte Federal de Circuito.



  1. Otros recursos según el caso


Según tu situación, podrías tener acceso a otras opciones:


  • Parole in Place: Para cónyuges de militares.


  • DACA/DAPA: Si eres elegible.


  • TPS (Estatus de Protección Temporal): Si tu país está designado como elegible.


  • VAWA: Si eres víctima de violencia doméstica y calificas para una petición bajo la Ley de Violencia contra la Mujer.



 Cada caso es diferente. Las opciones que aplican para ti dependen de:


  • El motivo de la deportación.

  • Si tuviste o no un abogado.

  • Si te presentaste a las audiencias.

  • Si han surgido nuevas circunstancias.


El tiempo es clave:


  • Algunas opciones tienen plazos muy cortos (30 o 90 días).

  • No te escondas ni esperes a que ICE ejecute la deportación.


Consulta con un abogado de inmigración confiable. Solo un profesional con experiencia puede ayudarte a identificar la mejor estrategia para tu caso.



Preguntas Frecuentes (FAQ)


¿Qué pasa si me llegó la orden de deportación y no fui a la audiencia?

Si no asististe, puedes tener opciones como moción para reabrir por falta de notificación adecuada. Es clave actuar rápido.


¿Puedo detener una deportación si me caso con un ciudadano/a estadounidense?

Sí, en algunos casos puedes pedir la reapertura del caso o el cierre administrativo si se presenta una petición familiar.


¿Qué opciones tengo si temo volver a mi país?

Puedes solicitar asilo, withholding of removal o protección bajo CAT, incluso con una orden de deportación vigente.


¿Es obligatorio tener abogado para estos procesos?

No es obligatorio, pero sí altamente recomendado. Los procesos son complejos y el abogado puede marcar la diferencia.


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